Para mejorar el rendimiento académico y por seguridad de los estudiantes el Ministerio de Educación restringirá el uso de celulares en las instituciones educativas de Ecuador. Este martes 15 de abril de 2025 fue emitido el reglamento para hacerlo.
La medida se aplicará desde 5 de mayo de 2025, en el régimen Costa – Galápagos, y desde septiembre en la región Sierra y Amazonía.
Esta medida es de carácter obligatorio para las instituciones de todos los sostenimientos en modalidad presencial. Incluye también las actividades extracurriculares.
De acuerdo con el reglamento emitido por el Ministerio de Educación, los teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares «no serán recursos obligatorios ni deben ser considerados por estudiantes, padres de familia o representantes legales como útiles escolares«.
Aunque los estudiantes sí podrán portar celulares dentro de las instituciones escolares. Proporcionarle un dispositivo de este tipo a un niño o adolescente quedará bajo discreción del padre o representante legal.
Sin embargo, el uso seguro y funcionamiento en la institución educativa deberá sujetarse a las disposiciones detalladas por el Ministerio en el citado reglamento.
Uso por niveles de educación
El uso de dispositivos electrónicos y celulares será normado según la edad y nivel de educación de los estudiantes. El Ministerio de Educación estableció que sea de la siguiente manera:
Nivel inicial: No permitido, ni recomendado
Preparatoria, elemental, media y superior: No permitido, ni recomendado
Bachillerato: Permitido únicamente para actividades pedagógicas y casos excepcionales
Usos autorizados
El docente podrá autorizar el uso de celulares y dispositivos electrónicos en el nivel de bachillerato según la planificación curricular y horarios permitidos, previamente socializados.
Se exceptúa del uso regulado cuando exista una situación particular en la que un padre o representante legal presente una solicitud y justificación al tutor o a la máxima autoridad de la institución.
Asimismo se contemplarán casos que incluyan necesidades de salud, para personas con discapacidad, desarrollo comunicativo (en caso de que no domine el español), y para casos de emergencia.
Docentes
En el caso de los docentes el uso de los celulares y dispositivos electrónicos solo podrá ser para fines de gestión pedagógica tales como:
Acceso a recursos educativos digitales.
Consulta de material bibliográfico para el desarrollo de la clase.
Coordinación y gestión escolar con los miembros de la comunidad educativa.Las comunicaciones y notificaciones relativas a estas actividades no deberán interrumpir el accionar pedagógico del docente.
Carga y descarga de herramientas y aplicaciones digitales.
Pero los docentes no podrá utilizar el celular con fines personales. Tampoco podrán utilizar la imagen de los estudiantes para difusión en cualquier plataforma o espacio en línea.
Fuente: Teleamazonas